Criterios de valoración
Para entidades locales, la digitalización de fondos documentales asociados a la administración, que contribuya a poner a disposición de los ciudadanos información de su
interés.
Para empresas, aquellas actuaciones que contribuyan a la difusión de Aragón, su gente, su tierra y su cultura, y:
Para entidades sin ánimo de lucro, la digitalización de contenidos directamente relacionados con el objeto de su creación.
b) la repercusión y alcance de la actuación propuesta, valorándose el volumen de contenidos digitalizados y la dimensión del colectivo al que va dirigido. Además se valorarán especialmente las
actuaciones de contenidos de carácter artístico y la digitalización de fondos documentales, entendiendo como tales aquellos conjuntos de documentos que tengan un valor histórico o documental, con
antigüedad suficiente y que agrupen un número significativo de elementos;
c) el carácter innovador y la aportación tecnológica del proyecto o actuación, y
d) la situación de la razón social en Aragón, para el caso de empresas.
Cuantía de la ayuda
Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar será hasta un máximo de 12.000 € por beneficiario, salvo en el caso de
universidades, en que la cuantía máxima será de 12.000 € por actuación, siempre que las actuaciones propuestas estén claramente diferenciadas en su temática unas de otras y se vayan a ejecutar por
grupos académicos distintos. Dicha cuantía corresponderá como máximo al 75% de los costes subvencionables cuando el beneficiario sea una entidad local o una asociación sin ánimo de lucro, y como
máximo al 50% de los costes subvencionables para el resto de beneficiarios.
Gastos subvencionables
a) gastos de personal dedicado a la actuación. El coste-hora para cada empleado participante en la actuación se calculará sumando las retribuciones satisfechas al empleado en el ejercicio, de acuerdo
con lo declarado en el modelo 190 del IRPF a la cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado (base de cotización que aparece en los TC2 multiplicada por el coeficiente final
resultante de la aportación del beneficiario a la Seguridad Social por ese empleado) y dividido todo ello por el número de horas anuales del empleado según convenio aplicable;
b) colaboraciones externas derivadas exclusivamente de la actuación;
c) gastos de material;
d) gastos de edición y de publicación, y
e) otros gastos directamente derivados de la actuación y debidamente justificados.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 22 de diciembre de 2008.
+ información:
http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=CONV&SEC=AYUDAS_PORTAL&FMT=CONVSUS2.fmt&DOCN=000005573